Gastos de escritura al vender en Uruguay: quién paga qué
Honorarios del escribano, certificados, ITP y quién asume cada gasto de la escritura de compraventa: qué paga el comprador y qué el vendedor en Uruguay.
Equipo TasacionUY
Tasación inmobiliaria en Uruguay · Contenido con datos reales
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Una duda muy común al vender es cuánto vas a gastar en la escritura y qué parte te toca a vos. La respuesta corta: en Uruguay los honorarios de la escritura de compraventa los paga habitualmente el comprador, mientras que el vendedor asume el costo de regularizar sus certificados y su parte de ITP. Acá está el detalle de cada gasto y en qué lado cae.
El rol del escribano
En Uruguay la compraventa de un inmueble se formaliza por escritura pública, que autoriza un escribano. Es la figura que da seguridad jurídica a la operación: estudia los títulos (que la propiedad esté 'sana', sin problemas de dominio), pide y controla los certificados, calcula y retiene los impuestos (ITP y, cuando corresponde, IRPF) y redacta y autoriza la escritura.
Por costumbre, el escribano lo elige y paga el comprador, ya que es quien más necesita asegurar que compra bien. El vendedor, si lo desea, puede designar un escribano de contralor propio.
Honorarios de la escritura: los paga el comprador
Los honorarios de la escritura de compraventa los abona habitualmente el comprador, junto con los gastos de inscripción en el Registro. Como valor orientativo, los honorarios del escribano suelen ubicarse en el orden del 3% del precio (más los gastos e impuestos que retiene), aunque el arancel puede variar y conviene pedir presupuesto.
Para el vendedor, esto significa que el gran costo de la escritura en sí no recae sobre él, sino sobre la parte compradora.
Qué paga el vendedor: certificados y su parte de ITP
El vendedor no paga los honorarios de la escritura, pero sí asume el costo de poner los certificados en regla, que son los que prueban que la propiedad se transfiere sin deudas: contribución inmobiliaria, tributos municipales, BPS, DGI y, en propiedad horizontal, el certificado de gastos comunes al día.
Además, el vendedor paga su parte del ITP (Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales): un 2% sobre el valor real de catastro, que el escribano calcula y retiene en la escritura (el comprador paga el otro 2%). Si hubo ganancia, también puede corresponder IRPF por incremento patrimonial.
Si hay deudas o certificados vencidos, regularizarlos lleva tiempo y dinero: conviene empezar a juntarlos apenas decidís vender, para no frenar la operación sobre la firma.
Gastos de escritura: quién paga qué
| CONCEPTO | QUIÉN PAGA (USUAL) | REFERENCIA |
|---|---|---|
| Honorarios del escribano | Comprador | ~3% del precio (orientativo) |
| Gastos de inscripción en el Registro | Comprador | Variable |
| ITP | Vendedor 2% y comprador 2% | Sobre valor catastral |
| Certificados (contribución, municipal, BPS, DGI) | Vendedor | Regularización |
| Certificado de gastos comunes | Vendedor (PH) | Emite la administración |
| IRPF por la ganancia | Vendedor | Si corresponde |
Valores de referencia 2026; el arancel del escribano puede variar. La distribución puede pactarse distinto; confirmá con tu escribano.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la escritura al vender en Uruguay?expand_more
Los honorarios de la escritura de compraventa los paga habitualmente el comprador, que además elige al escribano. El vendedor asume la regularización de sus certificados y su parte de ITP (y, si corresponde, IRPF).
¿Cuánto cuesta la escritura?expand_more
Los honorarios del escribano rondan orientativamente el 3% del precio, más gastos e impuestos que retiene. Como los paga el comprador, no es un costo directo para el vendedor. Pedí presupuesto porque el arancel puede variar.
¿El vendedor paga algo en la escritura?expand_more
Sí: su parte del ITP (2% sobre el valor catastral), el costo de regularizar certificados y, si hubo ganancia, el IRPF. No paga los honorarios del escribano.
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